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2026-04-22

Ratificación del Acuerdo Estratégico de Cooperación Económica entre Ecuador y Corea del Sur

Tras la reciente aprobación legislativa y la emisión del Decreto Ejecutivo No. 359 el 15 de abril de 2026, el Ecuador ha concluido sus hitos de ratificación para el Acuerdo Estratégico con la República de Corea. Este tratado de última generación no solo elimina barreras arancelarias, sino que moderniza la gestión aduanera y el comercio de servicios.

A continuación, exponemos los elementos operativos más relevantes de este acuerdo:

  • Acceso Preferencial Inmediato: El 98% de la oferta exportable ecuatoriana ingresará a Corea con arancel 0%. Productos clave como el camarón, banano, cacao y flores se beneficiarán de una desgravación inmediata o a corto plazo, eliminando el actual arancel del 20% en diversos sectores.
  • Desgravación Gradual en Importaciones: Para proteger sectores sensibles, la importación de vehículos livianos y camionetas coreanas tendrá un cronograma de desgravación progresivo a 15 años. Otros bienes industriales, como maquinaria, polímeros y tecnología, tendrán plazos menores o eliminación inmediata.
  • Seguridad Jurídica y Resoluciones Anticipadas: El acuerdo obliga a las autoridades aduaneras (SENAE) a emitir Resoluciones Anticipadas vinculantes sobre clasificación arancelaria, valoración y origen antes de la importación. Esto permite a los operadores mitigar riesgos de ajustes post-despacho.
  • Reglas de Origen y Facilitación: Se establecen criterios estrictos de calificación (Salto Arancelario y Valor de Contenido Regional). Además, se implementa el despacho expedito, con el compromiso de liberar mercancías en un plazo máximo de 48 horas tras su llegada.
  • Economía Digital y Servicios: El tratado prohíbe imponer aranceles aduaneros a las transmisiones electrónicas (productos digitales) y garantiza la validez de firmas electrónicas, facilitando la contratación transfronteriza sin necesidad de presencia física obligatoria.

Vigencia: El acuerdo no entrará en vigor de manera inmediata, ya que Corea del Sur aún debe completar su proceso de aprobación parlamentaria, el cual podría tomar al menos cuatro meses. Una vez concluido dicho trámite y efectuado el intercambio de notas diplomáticas, se prevé que el tratado esté plenamente operativo entre finales de 2026 e inicios de 2027.

A continuación, el link de descarga:

Decreto Ejecutivo No.359

Para cualquier información adicional comunicarse con los siguientes profesionales al correo comercioexterior@robalinolaw.com

El contenido de este documento es informativo y no constituye ni puede ser interpretado como asesoría legal, opinión jurídica o recomendación profesional para casos específicos.