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2026-09-08

Reforma al Código Orgánico del Ambiente

La Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico del Ambiente, publicada en el Quinto Suplemento del Registro Oficial No. 360, de 2 de septiembre de 2026, amplía el régimen de cambio climático del COA: incorpora el abordaje de pérdidas y daños asociados al cambio climático, instrumentos financieros y aclara la participación en mercados de carbono; crea el Comité Interinstitucional de Cambio Climático y el Registro Nacional de Cambio Climático; y habilita la participación del Ecuador en mercados regulados y voluntarios de carbono, incluidos los mecanismos del artículo 6 del Acuerdo de París.

Los proyectos REDD+, forestales, de restauración, carbono azul y demás soluciones basadas en la naturaleza deberán cumplir exigencias estatales de registro, autorización, trazabilidad y reporte, sin que los acuerdos privados o certificaciones externas los sustituyan.

La reforma preserva la no apropiación de servicios ambientales conforme el mandato constitucional y del carbono contenido en ecosistemas, y exige salvaguardas sociales, ambientales y de derechos colectivos, incluida la consulta o el consentimiento de las comunidades y pueblos indígenas cuando corresponda.

El nuevo marco abre oportunidades para estructurar y financiar proyectos de reducción o remoción de emisiones, especialmente en sectores forestales, de restauración, agroforestales, carbono azul y cadenas de valor. La consolidación de reglas de registro y trazabilidad puede facilitar la participación en mercados voluntarios, mecanismos cooperativos internacionales y esquemas corporativos de descarbonización, siempre que los proyectos cuenten con la habilitación estatal y cumplan las salvaguardas aplicables.

El presente documento no es una opinión legal, es tan solo un informativo general. En caso de tener alguna pregunta o de requerir asesoría específica por favor contáctenos a las direcciones indicadas en este documento.