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2025-12-18
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 249, se dispone la suspensión de la jornada laboral el día 02 de enero del 2026.
Mediante Decreto Ejecutivo emitido por el Gobierno Nacional, se dispuso la suspensión de la jornada de trabajo a nivel nacional tanto para el sector público como para el sector privado, el día viernes 02 de enero de 2026.
En virtud de esta disposición, el feriado nacional correspondiente al 01 de enero de 2026 se extiende, estableciéndose como días de descanso obligatorio desde el jueves 01 hasta el domingo 04 de enero de 2026.
La jornada laboral suspendida tendrá carácter no recuperable. No obstante, se garantizará la continuidad de los servicios públicos esenciales, tales como: agua potable, energía eléctrica, salud, cuerpos de bomberos, terminales aéreas, terrestres y fluviales, así como los servicios bancarios. Para el efecto, las máximas autoridades de las instituciones, entidades y organismos del sector público deberán disponer la asignación del personal mínimo indispensable, con el fin de asegurar la adecuada atención de las necesidades de la colectividad.
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