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2026-10-19

Nueva Ley Orgánica de Aviación Civil

La nueva Ley Orgánica de Aviación Civil unifica el marco normativo aeronáutico ecuatoriano e introduce modificaciones relevantes para aerolíneas, operadores aeroportuarios, inversionistas y empresas vinculadas al transporte aéreo.

La reforma introduce cambios en los permisos de operación, consolida la participación de operadores extranjeros en rutas domésticas y establece nuevas condiciones para la inversión aeroportuaria.

¿Cuáles son los principales cambios?

1. Centralización de competencias en la DGAC

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) asume las competencias anteriormente ejercidas por el Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC), incluyendo el otorgamiento, modificación y renovación de permisos de operación.

Los procedimientos en trámite pasan a conocimiento de la DGAC, lo que hace necesario identificar la autoridad responsable y dar seguimiento a las solicitudes pendientes.

2. Cabotaje: participación de aerolíneas extranjeras en rutas domésticas

La nueva ley contempla expresamente la posibilidad de que empresas aéreas extranjeras domiciliadas en Ecuador operen rutas nacionales, siempre que obtengan los permisos correspondientes.

Esta disposición consolida una alternativa de participación en el mercado doméstico ecuatoriano, ya contemplada en la legislación anterior, y puede resultar relevante para las estrategias de expansión de operadores internacionales.

3. Nuevas condiciones para los permisos de operación

Los plazos de vigencia de los permisos de operación y los requisitos de capital estarán sujetos a desarrollo reglamentario.

Las empresas deberán prestar atención a la normativa secundaria para evaluar sus condiciones de operación, renovación y expansión en el mercado ecuatoriano.

4. Oportunidades de inversión en infraestructura aeroportuaria

La ley desarrolla mecanismos de delegación a operadores privados y contempla la posibilidad de renegociar contratos aeroportuarios, bajo determinadas condiciones legales, técnicas y financieras.

Estas disposiciones pueden generar oportunidades para inversionistas y empresas vinculadas a la administración y desarrollo de infraestructura aeroportuaria.

5. Nuevas obligaciones y régimen sancionador

Se actualizan las disposiciones sobre seguridad operacional, protección de pasajeros, intercambio de información y operación de aeronaves no tripuladas.

Además, se establece una nueva clasificación de infracciones y un régimen de multas expresadas en salarios básicos unificados.

¿Cómo impactan estos cambios en su empresa?

Aerolíneas y operadores aéreos

Revisar permisos de operación, procedimientos de renovación y oportunidades de expansión, incluyendo la operación de rutas domésticas por compañías extranjeras domiciliadas en Ecuador.

Operadores aeroportuarios e inversionistas

Evaluar las nuevas condiciones de delegación, inversión y renegociación de contratos de infraestructura aeroportuaria.

Empresas y prestadores de servicios aeronáuticos

Identificar las obligaciones de cumplimiento regulatorio, seguridad operacional y gestión de riesgos frente al nuevo régimen sancionador.

En ROBALINO acompañamos a empresas nacionales e internacionales del sector aeronáutico en la obtención y renovación de permisos de operación, cumplimiento regulatorio, estructuración de operaciones y desarrollo de proyectos de inversión.

Nuestro equipo puede asesorar a su empresa en la evaluación de los efectos de la nueva legislación y en la identificación de oportunidades dentro del mercado aeronáutico ecuatoriano.

Este documento no constituye opinión legal, es tan solo un informativo general. En caso de requerir asesoría específica, por favor contactarnos a las siguientes direcciones: